HAZTE SOCIO Y FORMA PARTE DE NUESTRAS INICIATIVAS
Beneficios fiscales para socios:
La cuota de socio, como donativo que es, puede desgravarse en la declaración del IRPF. La Fundación Altarriba está acogida a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales del Mecenazgo, por lo que los donativos a nuestra entidad por cualquier concepto, incluyendo el apadrinamiento, se benefician de desgravación fiscal a efectos del IRPF:
Personas Físicas (IRPF)
• Hacienda te devuelve el 80% de los primeros 150€ que dones al año.
• A partir de 150€ hay dos tipos de porcentajes:
1. 35% en el resto de la base de deducción.
2. 40% si se ha donado en los dos ejercicios anteriores por un importe igual o superior a una misma entidad.
Personas Jurídicas
• 35% Las cantidades donadas por empresas u otras personas jurídicas dan derecho a la deducción del 35% de la cuota del Impuesto sobre Sociedades.
• 40% si se ha donado en los dos ejercicios anteriores por un importe igual o superior a una misma entidad.
Solicitar certificado de desgravación y dudas: altarriba@altarriba.org