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Área Jurídica: casos abiertos
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El Área Jurídica de la Fundación Altarriba es la responsable de las intervenciones de carácter legal en relación con animales: apercibimientos, denuncias, órdenes judiciales, decomisos, ...

Directora del Área Jurídica: Yolanda Valbuena.

 

 
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Caballos (Sant Pere)
7 oct. 2009
 

Hechos:

Se nos informa que el día anterior, 6 de octubre, en las cercanías de Sant Pere de Vilamajor, se detectó un caballo con las patas sangrando y caminando por la carretera con destacada inestabilidad. Se dio aviso al Servicio de Emergencias aunque al parecer no se envió a nadie, por lo que entre ciudadanos de la zona y policía local procedieron al corte de la carretera. Según testigos, este caballo podría ser uno de los varios más en posesión de un particular, todos ellos afectados de posible negligencia y/o maltrato.

Actuación:
  • 8 de octubre 2009
    Se solicita copia del acta de la intervención para iniciar el proceso de denuncia y decomiso.
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Palomas
7 sept. 2009
 

Hechos:

Se nos informa que en un establecimiento comercial de Barcelona ciudad se ha detectado la presencia de palomas vivas dentro del escaparate como elemento de adorno.

Actuación:

Se avisa al Ayuntamiento de Barcelona, adjuntando las imágenes y localización exacta del establecimiento, e indicando que:

  • no llevan anilla identificativa, por lo que serían palomas urbanas.
  • en virtud del art. 5 letra d) del decreto 8/2008, esta actuación está prohibida, al no tratarse de instalaciones adecuadas para los animales
  • La Ordenanza de Barcelona, en su artículo 10 lletra j) prohibe capturar y molestar a los animales salvajes urbanos.

Estado:

  • La Guardia Urbana realiza la inspección y retira las aves. Solicitamos por escrito que se averigüe si eran de un propietario o si había sido capturadas de la ciudad, para proceder legalmente en consecuencia.
  • 16 octubre 2009
    Se entra por Registro una solicitud reclamando el informe de la Guardia Urbana
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Galgos
15 jul. 2009

Hechos:

El Eurodiputado Raül Romeva i Rueda, Verdes/ALE presenta el 14 de julio la siguiente pregunta escrita a la Comisión: "Según denuncian las ONGs Galgos sin Fronteras y la Fundación Altarriba, y como demostró con pruebas gráficas el programa ‘El buscador’ de la cadena de TV española Telecinco, hoy en día se está produciendo cada vez más un fenómeno preocupante: el del maltrato de galgos. Según datos de Galgos sin Fronteras, el abandono de estos perros ha crecido recientemente un 40%. Pero no sólo se trata de abandonos, sino que se han encontrado numerosas pruebas y casos de torturas brutales, ahorcamientos y otros tipos de asesinatos.

Según las fuentes citadas, al ser cuestionado el gobierno español al respecto –incluso por el gobierno belga, en el marco del estudio para hacer una excepción con ésta raza (en caso de abandono o maltrato) en una nueva ley que prohíbe la importación de perros a Bélgica-, el primero al parecer niega que se produzcan dichos maltratos en territorio español.

A la vista de las informaciones, ¿tiene constancia la Comisión al respecto de estos presuntos maltratos? ¿Qué opinión le merecen éstas prácticas? ¿Ha tomado, o piensa tomar, la Comisión alguna medida al respecto? ¿Qué mecanismos tiene la Comisión para garantizar el respeto de los derechos de los animales en los estados miembros y controlar su cumplimiento? ¿Considera que tales sospechas deberían conllevar la flexibilización por parte de los gobiernos de los otros estados miembros de la legislación relativa a la importación de especies caninas, en especial aquellas que se encuentran en peligro de recibir maltratos?".

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Caballos (Teià)
29 jun. 2009

Hechos:

Un ciudadano nos avisa sobre el estado de abandono y posible maltrato o negligencia de caballos en un recinto en a las afueras de Masnou. Parece ser que hay 18 caballos su propietario podría no tener núcleo zoológico ni permisos, y las cartillas sanitarias, si existen, podrían no estar al día. Se ignora si los animales han sido adquiridos o han nacido en la finca. Están muy delgados y la alimentación es escasa, por lo que consumen estiércol; tienen los cascos sin arreglar, lo que les puede provocar infosuras en un futuro. El terreno incumple las normas higiénico-sanitarias, presenta elementos peligrosos para los animales, y hay mucha suciedad.

Actuación:
  • Se avisa al Departament de Medi Ambient sobre posibles infracciones del Deccreto 2/2008, en concreto de los artículos: Art.5 (d, f, i), Art. 21, Art. 23, Art. 44 (j, k, p, q, t) y Art. 44.3 (b, d, f, s).
  • Ya que al haber más de cinco caballos se considera explotación, se avisa a Ramaderia i Pesca sobre las posibles infracciones de la Ley 3/1998 de 27 de febrero de la Intervención Integral de la Administración Ambiental, del Decreto 61/1994 de 22 de febrero sobre Regulación de Explotaciones Ganaderas (arts. 2 d y 4,2 infracción grave), Real Decreto 479/2004 por el que establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas, Ley 8/2003 de 24 de abril de Sanidad Animal (arts. 7.1 k y 38, infracción grave), y Real Decreto 348/2000 que incorpora la Directiva 98/58/CE de 20 de julio de 2000.

Estado:

  • La Unitat Regional de Medi Ambient (Región Policial Metropolitana Norte) realiza la inspección solicitada junto a veterinarios del DARP, remitiendo las actuaciones a dicho departamento y al ayuntamiento para que
    el propietario de los animales legalice la situación.
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Cachorros enfermos
jun. 2009
 

Hechos:

El 30 de mayo de 2009, se compra un cachorro en un criadero de Serinyà, que fallece ocho días después. El animal fue vendido por 600 euros y sin IVA, según consta en el contrato de compraventa.
Nacido (según cartilla) el 16 de marzo, no fue vacunado hasta el 28 de mayo, con once semanas, a pesar del riesgo sanitario para él mismo y para otras crías de la instalación, y a pesar de que los veterinarios recomiendan comenzar el proceso de vacunas a las cuatro semanas de vida. La vacuna se le puso dos días antes de la venta, cuando ya se tenía claro que ésta iba a producirse.

Ante el fallecimiento del animal, la compradora solicita al vendedor información sobre la procedencia y/u origen del cachorro (que ya se había solicitado con anterioridad), y la devolución del dinero. El vendedor se niega a ambas cosas, ofreciéndole otro cachorro a cambio del muerto, y dando como único dato de origen que el animal proviene de un criadero de Asturias, lo que indica que viajó desde allí hasta Catalunya sin vacunación.

Actuación:
  • Se solicita se tenga por interpuesta denuncia y se practiquen las siguientes actuaciones, además de las que a su buen entender tenga el equipo de SEPRONA:
    • Que se compruebe la titularidad del núcleo zoológico G-23-00xxx, a traves de la Direcció General del Medi Natural.
    • Una inspección de las instalaciones.
    • Que se averigüe la procedencia del cachorro vendido (segun la orden de 28 de noviembre de 1988 de creacion del registro de nucleos, en el art. 11 queda constancia que tiene la obligacion de constar la procedencia del animal en el libro registro del nucleo). Factura de compra del ahora vendedor, precio que abonó, legalidad de la procedencia.
Actuación:
  • 7 de octubre 2009
    Se entra por Registro la solicitud de copia del expediente para acceder al acta de SEPRONA
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Más perros de caza (Batea)
jun. 2009
   

Hechos:

Unos 24 perros de caza atados todo el día, las hembras recien paridas, cachorros deshidratados, las costillas se ven en todos los perros, y por el lugar y el miedo que tienen, podemos afirmar que el trato que reciben roza el maltrato. Las jaulas con animales están construidas con planchas de plástico y somieres metálicos. Intervención conjunta con la protectora de Ribera d'Ebre.

Actuación:
  • Se pide una inspeccion y que se levante acta del estado de los animales, concretamente:
    - Número de animales.
    - Si puede ser con distinción del sexo de los animales.
    - Comprobación de microchip y censo.
    - Solicitud de las cartillas y nombre del veterinario que se encarga de su estado sanitario.
    - Comprobación de número de núcleo zoológico.
    -Descripción de cómo se encuentran los animales, atados...
    - Descripción de si tienen o no casetas para resguardarse de la lluvia y el sol, si tienen agua y comida.
    - Solicitud de la documentacion acreditativa de la propiedad de los animales (contrato de adopcion o factura de compra).
  • Se solicita formalmente:
    - El decomiso de los animales (hay una protectora de la zona que puede valorar el cuidarlos), dado que el elevado número de ellos exige que hubiera núcleo zoológico.
    - Requerimiento para que en 10 días se aporte la documentación acreditativa de la propiedad de los animales, considerando, según decreto 2/2008, que si a los 20 dias no se acredita la propiedad, el animal es un animal abandonado.
    - Apercibimiento de que en caso de desaparición de algún animal antes de su retirada por parte de la protectora, incurrirá en un delito de desobediencia a la autoridad.

Estado:

  • 25 de junio de 2009
    El SEPRONA de la Comandancia de la Guardia Civil de Tarragona efectua la inspección solicitada.
  • 10 de julio de 2009:
    El Departament de Medi Ambient i Habitatge nos remite copia del informe de dicha inspección, en el que puede leerse que "A juicio de los agentes actuantes se considera que dichos animales no reunen las mínimas condiciones higiénico-sanitarias, por lo que deberían ser reconocidos por un veterinario y, a la vista de su conclusión, se considere si procede su decomiso".
  • Septiembre 2009
    Los Serveis Jurídics de Medi Ambient nos informan de que ante la desaparición de los 24 perros, han presentado denuncia. De forma paralela, una voluntaria de Fundación Altarriba realiza una visita al denunciado y confirmó que éste tenía en su casa parte de los perros (los que estaban en mejor estado).
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Mas Rosell
mar. 2009
   

Hechos:

En marzo de 2009 se detecta la existencia de perros de caza en muy malas condiciones en Mas Rossell (Girona).

Actuación:
  • 24 de marzo 2009
    Se denuncian los hechos ante el Departament de Medi Ambient.
Estado:
  • 10 de julio 2009
    Ante la falta absoluta de respuesta se envía un recordatorio vía correo electrónico
  • 26 de agosto 2009
    Ante la falta absoluta de respuesta se envía un recordatorio vía Registro, con copia por correo electrónico
  • 5 de octubre 2009
    Ante la falta absoluta de respuesta se envía un recordatorio vía Registro
  • 9 de octubre 2009
    Medi Ambient contesta finalmente a nuestro escrito fechado el 24 de marzo con la denuncia, indicando que se había pasado el tema a los Serveis Territorials de Girona, éstos a su vez a los Serveis Jurídics, y estos por último al Cos d'Agents Rurals pidiendo que hicieran un informe que, después de siete meses sigue sin hacerse, y por tanto lo reclamarán con urgencia.
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Residencia canina ilegal
dic. 2008
   

Hechos:

Se nos informa que se ha tenido que proceder a la eutanasia de un perro tras sacarlo de unaa residencia canina en Sant Feliu de Codines, que se anunciaba como tal, y en la que se había dejado durante unos días. Según el informe veterinario que nos adjuntan el animal presentaba pérdida de masa muscular generalizada, sobre todo en el tercio posterior, además de otras dolencias propias de su edad que posiblemente se habían visto agravadas por el frío y que le impedìan levantarse.

Actuación:
  • Se llama a la residencia pidiendo información, y se nos dice que sí tienen sitio y el coste del servicio, con lo que confirmamos su operatividad.
  • Se presenta denuncia el 21 de enero contra la citada residencia, al amparo del Decreto 2/2008, solicitando que:
    • Se realice una inspección
    • Se averigüe si hay un veterinario responsable de los animales (art. 21.f)
    • Se revise el libro registro
    • Se solicite la documentación de los animales albergados (art. 21.g)
    • Se informe a los propietarios de dichos animales de la ilegalidad de la residencia, y que se abra expediente si alguno de ellos no está microchipado (art. 15).
    • Se abra expediente sancionador por infracción de doce artículos del Decreto Legislativo 2/2008.

Estado:

  • 13 de febrero de 2009:
    • la residencia es clausurada por las autoridades
    • se abre expediente sancionador
 
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